Compras sobre plano
AFECTADOS POR PROMOTORAS
Si dicha vivienda no se pudo llevar a término o ni siquiera llegaron a iniciarse las obras debido a la quiebra, o la desaparición de la promotora sufriendo, como resultado; la pérdida de la casa y del dinero invertido.
Es necesario que sepa que actualmente, es posible recuperar su dinero, aunque hayan pasado varios años y haya agotado todos los intentos judiciales.
La sentencia de la Audiencia provincial de Valencia es muy clara en este sentido y apunta que en las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968, las entidades de crédito no tienen un carácter de terceros ajenos a la relación entre comprador y vendedor. Así mismo, el Alto Tribunal apuntala que, según explica la norma, las promotoras que reciban un anticipo siempre deberán abrir una cuenta especial para depositar este dinero y tendrán que solicitar la correspondiente garantía para responder frente a los compradores por el total de la cantidad ingresada y añade que “las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía, responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas ingresadas en la cuenta”.
Estamos tan convencidos que podemos recuperar su inversión reclamando a las entidades de crédito pertinentes, que en Cambronero Abogados, le asesoraremos grauitamente y, si es viable, pleitearemos para usted a Muy Bajo Coste, con un acuerdo sobre los resultados.
No dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarle en la medida de sus necesidades.
Si usted o un ser querido ha realizado una compraventa de un inmueble sobre plano efectuado pagos anticipados a la entrega de la vivienda.
NUESTROS RESULTADOS
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