top of page

Compras sobre plano

AFECTADOS POR PROMOTORAS

Si dicha vivienda no se pudo llevar a término o ni siquiera llegaron a iniciarse las obras debido a la quiebra, o la desaparición de la promotora sufriendo, como resultado; la pérdida de la casa y del dinero invertido.

Es necesario que sepa que actualmente, es posible recuperar su dinero, aunque hayan pasado varios años y haya agotado todos los intentos judiciales. 

La sentencia de la Audiencia provincial de Valencia es muy clara en este sentido y apunta que en las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968, las entidades de crédito no tienen un carácter de terceros ajenos a la relación entre comprador y vendedor.  Así mismo, el Alto Tribunal apuntala que, según explica la norma, las promotoras que reciban un anticipo siempre deberán abrir una cuenta especial para depositar este dinero y tendrán que solicitar la correspondiente garantía para responder frente a los compradores por el total de la cantidad ingresada y añade que “las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía, responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas ingresadas en la cuenta”.

Estamos tan convencidos que podemos recuperar su inversión reclamando a las entidades de crédito pertinentes, que en Cambronero Abogados, le asesoraremos grauitamente y, si es viable, pleitearemos para usted a Muy Bajo Coste, con un acuerdo sobre los resultados.

 

No dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarle en la medida de sus necesidades.

 

Haga clic aquí, evaluaremos su caso.

Si usted o un ser querido ha realizado una compraventa de un inmueble sobre plano efectuado pagos anticipados a la entrega de la vivienda.

NUESTROS RESULTADOS

Texto

Texto

 

 

bottom of page